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Deducción fiscal para inquilinos en la Renta 2015

16/04/2016
Por:   http://noticias.api.cat/deduccion-fiscal-para-inquilinos-en-la-renta-2015/

Deducción fiscal para inquilinos en la Renta 2015

Sólo hace unos días que se dio el pistoletazo de salida a la Campaña de la Renta 2015. Así que, si estás intentando averiguar qué deducciones puedes aplicar a tu Declaración, en el blog de las noticias inmobiliarias de Api.cat te interesará conocer algunas de las novedades de este año al respecto. En concreto, en este post nos referimos a la deducción fiscal para inquilinos. Veamos cómo afecta a los arrendatarios la reforma fiscal aprobada por el Gobierno y vigente desde este año.

Reforma aplicable desde 2015

En primer lugar, lo que has de tener en cuenta es si firmaste tu contrato de alquiler antes o después del 1 de enero de 2015. Y es que, en función de la fecha, podrás desgravarte una parte de lo que pagas de alquiler o no.

La reforma fiscal aprobada por el gobierno que entró en vigor el 1 de enero de 2015 impide a los nuevos inquilinos, aquellos que son arrendatarios desde 2015, acogerse a la deducción de alquiler. Sin embargo, si firmaste con anterioridad, conservarás tu derecho a hacerlo.

Qué porcentajes se aplican a la deducción por alquiler

Ahora que ya sabes si puedes o no desgravarte el alquiler, es el momento de consultar qué porcentaje establece la ley que se ha de aplicar. Los artículos que puedes consultar son los 67.1, 68.7 y 77.1 de la Ley del Impuesto.

En su texto consta que los inquilinos deben disponer de unas bases imponibles inferiores a 24.107,20 euros anuales para poder deducirse el 10,05% de lo pagado por el alquiler de su vivienda habitual. Pero también hay una base máxima para esta deducción:

  • 9.040 euros anuales, cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales.
  • 9.040 – [1,4125 x (BI – 17.707,20)], cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107, 20 euros anuales.

Siendo BI la base imponible del contribuyente. Es decir, la suma de las cantidades reflejadas en las casillas 366 (base imponible general) y 374 (base imponible del ahorro) de la página 11 de la declaración.

Los contribuyentes cuya base imponible sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales, en tributación individual o en tributación conjunta, no pueden aplicarse la deducción.

La eliminación de la deducción estatal por alquiler de vivienda habitual para inquilinos no afecta a las posibles deducciones autonómicas a las que puedan tener derecho por el alquiler de su vivienda.

¿Podrás deducirte los gastos en el alquiler en la Declaración de la Renta 2015? ¿Qué opinas de la reforma que afecta a este tipo de desgravación?



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